Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 152 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 152

TÍTULO SÉPTIMO - Acreditación, Certificación y Revalidación de Estudios · CAPÍTULO III - Certificación de Estudios

ARTÍCULO 152.- La certificación de estudios consiste en la expedición de documentos oficiales que dan testimonio de que se ha cumplido parcial o totalmente con los requisitos establecidos en un plan o programa de estudios determinado en las Instituciones Educativas o Jefaturas de Curso.

El presente ordenamiento establece las bases y fija los lineamientos para las diferentes formas de titulación en las Instituciones Educativas que integran el Sistema y son las siguientes:

I. Evaluación Integral de Conocimientos;

II. Tesis, y

III. Otras formas de titulación que disponga la Secretaría.

Párrafo con fracciones adicionado DOF 20-03-2026

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