Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 165 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 165

TÍTULO OCTAVO - Administración Escolar · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 165.- Con aprobación de la Secretaría, la Dirección y Rectoría, celebrará convenios de intercambio académico y otros, con instituciones nacionales o extranjeras.

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