Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 168 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 168

TÍTULO NOVENO - Investigación y Doctrina Militar · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 168.- La Dirección y Rectoría cumplirá las funciones sustantivas de difusión de la cultura por medio de la divulgación de los resultados de las investigaciones, mediante la realización de eventos académicos, tales como seminarios, congresos, conferencias y publicaciones diversas.

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