Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 87 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 87

TÍTULO CUARTO - Proceso Educativo · CAPÍTULO V - De la Planeación Educativa

ARTÍCULO 87.- Los cursos menores de seis meses no tendrán plan de estudios y el documento rector será el programa de estudios, el cual estará integrado como sigue:

I. Carátula del programa;

II. Hoja de aprobación y legalización;

III. Hoja de organización del curso;

A. Introducción;

B. Fundamentación;

C. Objetivo general;

D. Contenidos temáticos;

E. Planeación de la realización;

F. Procedimientos de evaluación;

G. Certificación de estudios, y

H. Perfil de ingreso.

IV. Hoja de presentación de la materia:

A. Propósito;

B. Alcance;

C. Metodología de trabajo;

D. Procedimientos de evaluación, y

E. Bibliografía.

V. Hoja de identificación del curso o materia;

VI. Hoja intermedia de la materia;

VII. Hoja de resumen del curso o materia, y

VIII. Otros.

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