TÍTULO QUINTO - OTRAS DISPOSICIONES · Capítulo Primero - Evaluación de la Comisión Federal de Electricidad · Sección Primera - De la Persona Comisaria
Artículo 74. Para efectos del artículo 27, fracción VIII de la Ley, la Persona Comisaria debe participar en las sesiones del Consejo de Administración, salvo que dicha participación pueda comprometer o afectar su imparcialidad e independencia en el ejercicio de su función evaluadora o en los casos en que ello implique un conflicto de interés.