Artículo 73. Para los efectos del artículo 130, párrafo tercero de la Ley, el contrato de prestación de servicios profesionales que se celebre con la Persona Comisaria designada, se debe formalizar entre esta y la Comisión Federal de Electricidad.
Reglamento [Reg_LEPECFE]
Artículo 73 de REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
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TÍTULO QUINTO - OTRAS DISPOSICIONES · Capítulo Primero - Evaluación de la Comisión Federal de Electricidad · Sección Primera - De la Persona Comisaria
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