Artículo 54

Título Quinto - De los órganos y mecanismos de coordinación · Capítulo III - Del Comité Técnico Consultivo de Archivos del Ejecutivo Federal

Artículo 54. El Comité sesionará de forma ordinaria de acuerdo al calendario de sesiones y de forma extraordinaria cuando así lo disponga el Presidente o a solicitud de uno de los representantes sectoriales de archivo.

Se considera que habrá quórum, con la asistencia de la mayoría de los representantes de las Dependencias o Entidades en las sesiones plenarias, y de los representantes sectoriales de archivo en las sesiones sectoriales.

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