Artículo 60.- En las sesiones ordinarias del Comité, el Titular del SAE informará a dicho órgano colegiado sobre las donaciones que se lleven a cabo conforme al segundo párrafo del artículo anterior.
Reglamento [Reg_LFAEBSP]
Artículo 60 de REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
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TÍTULO SÉPTIMO - De los Procedimientos de Enajenación · Capítulo Segundo - De la Donación
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