ARTICULO 15.- La manifestación y el registro de las armas no significan reconocimiento alguno de propiedad y legitimidad de su posesión, ni licencia de portación, la que se concederá previo el cumplimiento de los requisitos legales.
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Artículo 15 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
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CAPITULO II - De la Posesión
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