Reglamento [Reg_LFCE]

Artículo 37 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica (Reg_LFCE)

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Artículo 37

Capítulo V - De los Procedimientos · Sección Primera - Del Inicio de la Investigación

ARTÍCULO 37.- En el desahogo de la diligencia se levantará un acta en la que se hará constar:

I. Nombre del declarante;

II. Ocupación y cargo o puesto del que comparece, en caso de que sea citado por estar relacionado con una persona moral o laborar para una persona física o moral;

III. Lugar, fecha y hora en que se inicia y concluye la diligencia;

IV. Fecha en que se notificó la citación del declarante;

V. Número y fecha del oficio mediante el cual se comisionó a los funcionarios de la Comisión para el desahogo de la diligencia;

VI. Los apercibimientos que correspondan conforme a la ley;

VII. Nombre de todos los que intervienen en la diligencia;

VIII. Copia de los documentos mediante los cuales se identifiquen todas las personas que hayan intervenido en la diligencia;

IX. Las preguntas o posiciones y sus respectivas respuestas se irán asentando y estarán a la vista del compareciente;

X. Nombre, domicilio, ocupación e identificación, en su caso, de la persona de la que se haga acompañar el compareciente;

XI. Mención de la oportunidad que se da al declarante y abogado o persona de confianza para ejercer el derecho de hacer observaciones al término de la declaración e inserción de las declaraciones que en su caso efectúen. También se asentará la negativa a ejercer ese derecho, y

XII. Nombre y firma de quienes intervienen en la diligencia y, en su caso, la indicación de que el compareciente u otras personas se negaron a firmar el acta.

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