Lectura de artículo · Reg_LFCE

Artículo 4

REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica

Artículo 4

Capítulo I - Disposiciones Generales

ARTÍCULO 4.- Las promociones y documentos deben presentarse únicamente en la oficialía de partes de la Comisión dentro del calendario y horario que publique la Comisión.

Se pueden presentar promociones en el día de su vencimiento después de concluido el horario en que la oficialía de partes debe recibir documentos, por transmisión facsimilar o electrónica, a las direcciones de correo electrónico o teléfonos que para tal efecto publique la Comisión. El sistema debe generar el acuse de recibo que corresponda. Las promociones y documentos presentados en términos de este párrafo sólo son admisibles siempre y cuando la promoción, sus anexos originales y el acuse de recibo de la transmisión facsimilar o electrónica, sean presentados en la oficialía de partes de la propia Comisión al día hábil siguiente de haberse efectuado la transmisión. En este caso, bastará que la transmisión facsimilar o electrónica contenga la promoción o documento.

En el evento de que los términos de las promociones y documentos presentados por transmisión facsimilar o electrónica difieran del presentado en la oficialía de partes de la Comisión, deberá estarse a lo enviado por transmisión facsimilar o electrónica.

Cualquier documento que se intente presentar en forma diversa a la señalada en este artículo no interrumpe ni suspende los plazos y se tendrá por presentado hasta que ingrese en la Oficialía de Partes de la Comisión.

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