ARTÍCULO 42.- Las diligencias practicadas por la Comisión con anterioridad al emplazamiento tienen plena validez para sustentar el oficio de probable responsabilidad. En la práctica de dichas diligencias son aplicables en lo conducente las disposiciones sobre pruebas previstas en este Reglamento.
Reglamento [Reg_LFCE]
Artículo 42 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Capítulo V - De los Procedimientos · Sección Primera - Del Inicio de la Investigación
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica (Reg_LFCE)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.