Artículo 137.- Cualquier violación a los derechos y a las prerrogativas establecidos por la Ley, faculta al afectado para hacer valer las acciones civiles, penales y administrativas que procedan.
Artículo reformado DOF 14-09-2005
Reglamento [Reg_LFDA]
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Artículo 137.- Cualquier violación a los derechos y a las prerrogativas establecidos por la Ley, faculta al afectado para hacer valer las acciones civiles, penales y administrativas que procedan.
Artículo reformado DOF 14-09-2005
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REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor (Reg_LFDA)
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