Reglamento [Reg_LFDA]

Artículo 29 de REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

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REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor (Reg_LFDA)

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Artículo 29

TÍTULO IV - DE LA PROTECCIÓN AL DERECHO DE AUTOR · CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 29.- Cuando la traducción se haga a su vez sobre una traducción, el traductor deberá mencionar el nombre del autor y el idioma de la obra original, así como el nombre del primer traductor y el idioma de la traducción en que se base.

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