TÍTULO IV - DE LA PROTECCIÓN AL DERECHO DE AUTOR · Capítulo adicionado DOF 24-09-2026
Artículo 37 Ter.- Para efectos de los artículos 114 Septies, 114 Octies y 232 Quinquies de la Ley, se entenderá por “material” o “materiales”, “contenido” o “contenidos”:
- Las obras señaladas en el artículo 13 de la Ley;
- Las interpretaciones o ejecuciones;
- Las ediciones;
- Los fonogramas o videogramas;
- Las emisiones;
- La imagen, incluida la voz, de las personas artistas intérpretes o ejecutantes a que se refiere el artículo 87 de la Ley, y
- Los otros derechos de propiedad intelectual tutelados por la Ley.
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