Lectura de artículo · Reg_LFDA

Artículo 55

REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Artículo 55

TÍTULO VIII - DE LOS REGISTROS · CAPÍTULO I - DISPOSICIONES COMUNES A REGISTRO Y RESERVAS

Artículo 55.- Las solicitudes o promociones no deberán contener tachaduras o enmendaduras. Una vez admitidas a trámite, no podrán ser modificadas por el solicitante. Cada solicitud o promoción corresponderá a un asunto.

Las solicitudes y promociones remitidas por correo, servicios de mensajería u otros equivalentes se tendrán como efectivamente entregadas cuando cuenten con sello del , en el que conste la fecha y hora de recepción.

Los anexos podrán ser copias simples, en cuyo caso se deberá pagar la cuota que por su cotejo con los originales corresponda, salvo las excepciones en que se requieran éstos.

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