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Artículo 53

REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Artículo 53

TÍTULO VIII - DE LOS REGISTROS · CAPÍTULO I - DISPOSICIONES COMUNES A REGISTRO Y RESERVAS

Artículo 53.- Las solicitudes o promociones que se presenten ante el , deberán realizarse por duplicado en los formatos oficiales que se publiquen en el , acompañados de los anexos que los mismos indiquen. La autoridad no podrá requerir más anexos que los establecidos en la Ley, en este Reglamento, en el formato respectivo o en las disposiciones fiscales aplicables al caso.

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