Artículo 84.- Cuando se ofrezca como prueba algún documento que obre en los archivos del Instituto, el interesado deberá precisar el expediente en el cual se encuentra, para que se agregue al procedimiento respectivo.
Reglamento [Reg_LFDA]
Artículo 84 de REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
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TÍTULO VIII - DE LOS REGISTROS · CAPÍTULO III - DE LAS RESERVAS DE DERECHOS AL USO EXCLUSIVO
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