Reglamento [Reg_LFEP]

Artículo 23 de REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales

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REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (Reg_LFEP)

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Artículo 23

CAPITULO V - De la Operación de las Entidades

ARTICULO 23.- El órgano de gobierno establecerá los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina conforme a los cuales la entidad paraestatal correspondiente deberá ejercer su presupuesto autorizado, en concordancia con los lineamientos de los Presupuestos de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, en su caso.

El titular de la entidad deberá presentar periódicamente al órgano de gobierno un informe sobre la aplicación de dichos criterios y los resultados obtenidos.

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