Lectura de artículo · Reg_LFEP

Artículo 8o

REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales

Artículo 8o

CAPITULO II - De la Constitución y Extinción de las Entidades.

ARTICULO 8o.- El proceso de disolución y liquidación de una empresa de participación estatal mayoritaria se sujetará a las disposiciones establecidas en los estatutos de la empresa y la legislación correspondiente y además a las siguientes reglas:

  1. El liquidador designado informará mensualmente a las Secretarías Hacienda y Crédito Público de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, así como a la Coordinadora Sectorial sobre el avance y el estado que guarde el proceso.
  2. El liquidador someterá al dictamen del auditor designado por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, los estados financieros inicial y final de liquidación, y, cuando proceda, los anuales intermedios, y
  3. La dependencia coordinadora del sector al que corresponda lo empresa, intervendrá en el proceso en los términos del artículo 39 de la Ley.
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