Reglamento [Reg_LFEP]

Artículo 6o de REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales

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REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (Reg_LFEP)

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Artículo 6o

CAPITULO II - De la Constitución y Extinción de las Entidades.

ARTICULO 6o.- La desincorporación de entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, se llevará a cabo mediante la disolución, liquidación, extinción, fusión, enajenación, o bien, mediante transferencia a las entidades federativas.

Párrafo reformado 07-04-1995

En el caso de entidades consideradas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, como empresas de participación estatal mayoritaria, estas serán desincorporadas a través de los actos por virtud de los cuáles dichas Entidades dejen de encontrarse en los supuestos a que se refiere el artículo 46 de la mencionada Ley.

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