TÍTULO CUARTO - DE LOS SORTEOS · CAPÍTULO VII - DE LOS SORTEOS DE SÍMBOLOS O NÚMEROS · SECCIÓN II - SORTEO DE SÍMBOLOS TIPO LA LOTERÍA MEXICANA TRADICIONAL
ARTÍCULO 136.- El sorteo de símbolos tipo lotería mexicana tradicional podrá ser autorizado para llevarse a cabo en las instalaciones de una feria o en una celebración local.
No será necesario el permiso de la Secretaría cuando el costo de participación por persona y por juego no exceda la cantidad equivalente al valor diario de una UMA.
Párrafo reformado DOF 16-11-2023