Lectura de artículo · Reg_LFLL

Artículo 19

REGLAMENTO de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro

Artículo 19

Capítulo VI - Del Precio Único de Venta al Público

Artículo 19.- El precio único de venta al público regirá en todos los lugares donde se lleve a cabo la venta de libros, sean espacios físicos, virtuales o digitales, independientemente del método o procedimiento a través del cual se efectúe su comercialización.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 19

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 19 Llegan al 19
Publicidad