Capítulo VI - Del Precio Único de Venta al Público
Artículo 23.- Para la inscripción del precio único de venta al público en el , el editor o deberá presentar ante el la solicitud correspondiente en los términos que establezcan los , señalando la información y adjuntando la documentación siguiente:
- Tratándose de libros mexicanos o editados en territorio nacional:
- Título de la obra;
- Nombre del autor;
- Número de edición;
- Número de y otros en caso de coediciones;
- Fecha de impresión que aparezca en el colofón;
- El precio único de venta al público al cual será comercializado;
- Domicilio o dirección de correo electrónico para recibir las notificaciones a que se refiere el artículo 20, fracciones II y III, del presente Reglamento;
- Nombre completo o razón o denominación social del editor y, en su caso, de su representante legal;
- Copia de una identificación oficial del editor o de su representante legal, según sea el caso;
- En su caso, copia del instrumento público en el que consten las facultades del representante legal del editor para presentar la solicitud correspondiente, y
- Firma del editor o de su representante legal.
- Tratándose de libros importados:
- La señalada en los incisos a), b), c), d), f) y g) de la fracción I de este artículo;
- Copia de la documentación aduanal que compruebe que la importación se efectuó con fines comerciales y conforme a lo establecido por la legislación aplicable;
- Número y fecha del pedimento de importación;
- Nombre completo o razón o denominación social del y, en su caso, de su representante legal;
- Copia de una identificación oficial del o de su representante legal, según sea el caso;
- En su caso, copia del instrumento público en el que consten las facultades del representante legal del para presentar la solicitud correspondiente, y
- Firma del o de su representante legal.