Título Segundo - Metrología · Capítulo I - Del Sistema General de Unidades de Medida
ARTÍCULO 6. La Secretaría tendrá a su cargo la conservación de los prototipos metro y kilogramo, así como los objetos y documentos relacionados con los mismos. No obstante, la Secretaría podrá apoyarse en otras dependencias o entidades de la administración pública para la custodia, el uso, el mantenimiento y control de dichos prototipos, cuando esto propicie la mejor conservación de los mismos.
En el caso del patrón nacional kilogramo se estará a lo dispuesto en los artículos 24 y 30, fracción ll de la Ley.