Reglamento [Reg_LFMZAAH]

Transitorio CUARTO de REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos

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REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos (Reg_LFMZAAH)

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Transitorio CUARTO

Transitorios

CUARTO.- Se abroga el Reglamento de la Ley sobre protección y conservación de monumentos arqueológicos e históricos, poblaciones típicas y lugares de belleza natural, expedido el 3 de abril de 1934 y publicado en el "Diario Oficial" de la Federación el día 7 del mismo mes y año, y se derogan las demás disposiciones que se opongan al presente Reglamento.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cinco.- Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Víctor Bravo Ahuja.- Rúbrica.- El Secretario del Patrimonio Nacional, Francisco Javier Alejo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José López Portillo.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Emilio O. Rabasa.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Octavio Sentíes Gómez.- Rúbrica.

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