Reglamento [Reg_LFPCCS]

Artículo 16 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

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Artículo 16

CAPÍTULO II - DE LAS SOLICITUDES

Artículo 16.- Los plazos para la atención de las solicitudes enviadas por correo o servicios de mensajería surten efectos a partir de la fecha en que sean recibidas por el SNICS.

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (Reg_LFPCCS)

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