CAPÍTULO VII - DE LOS CATÁLOGOS · Sección I - Del Catálogo Nacional de Variedades Vegetales
Artículo 40.- El SNICS, durante el proceso de inscripción, podrá requerir al solicitante información adicional o complementaria de la descripción varietal.
Reglamento [Reg_LFPCCS]
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (Reg_LFPCCS)
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Artículo 40.- El SNICS, durante el proceso de inscripción, podrá requerir al solicitante información adicional o complementaria de la descripción varietal.