Capítulo I - Disposiciones Generales
Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional y se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.
La aplicación e interpretación de sus disposiciones corresponden al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para efectos administrativos.