Artículo 9.- La persona Titular de la Dirección General del Instituto dará a conocer mediante Acuerdo los días que se considerarán como inhábiles, así como cualquier suspensión de las labores institucionales.
Reglamento [Reg_LFPPI]
Artículo 9 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
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Capítulo I - Disposiciones Generales
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