Reglamento [Reg_LFSA]

Artículo 291 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (Reg_LFSA)

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Artículo 291

TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA · CAPÍTULO III - DE LAS PERSONAS APROBADAS

Artículo 291. Una vez recibida la solicitud de aprobación, en términos del artículo anterior, la Secretaría emitirá la resolución correspondiente, dentro de los sesenta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la recepción de la solicitud. La prevención se realizará conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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