Lectura de artículo · Reg_LFSA

Artículo 333

REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo 333

TÍTULO NOVENO - DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA · CAPÍTULO IV - DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS

Artículo 333. Los laboratorios autorizados y aprobados deberán participar en las que la Secretaría establezca.

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