Reglamento [Reg_LFSV]

Artículo 88 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (Reg_LFSV)

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Artículo 88

TÍTULO QUINTO - DE LA PROTECCIÓN FITOSANITARIA Y DEL CONTROL DE LOS ESTABLECIMIENTOS · CAPÍTULO I - DE LAS CAMPAÑAS FITOSANITARIAS

Artículo 88. Para la operación de las Campañas Fitosanitarias, la Secretaría podrá concertar o coordinar acciones con dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos de las entidades federativas y municipios, así como con Organismos Auxiliares o particulares organizados vinculados con la materia de Sanidad Vegetal.

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