Reglamento [Reg_LFZEE]

Artículo 111 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (Reg_LFZEE)

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Artículo 111

CAPÍTULO QUINTO - DE LOS INVERSIONISTAS · Sección I - De la Eficacia Jurídica de la Autorización

Artículo 111.- Los derechos y obligaciones que derivan de la Ley y este Reglamento serán oponibles por los Inversionistas desde el momento en que sea expedida la Autorización correspondiente, salvo que en ésta se disponga otra regla.

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