Reglamento [Reg_LGCFD]

Artículo 101 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

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REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte (Reg_LGCFD)

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Artículo 101

TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE · CAPÍTULO VI - Del Comité Nacional Antidopaje y del control de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios en el Deporte

Artículo 101. Las sesiones de las instancias del Comité Nacional Antidopaje, a que se refiere el artículo 85 de este Reglamento, serán válidas cuando se encuentren presentes las dos terceras partes de sus integrantes.

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