TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE · CAPÍTULO VI - Del Comité Nacional Antidopaje y del control de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios en el Deporte
Artículo 102. Las deliberaciones y acuerdos adoptados por las instancias a que se refiere el artículo 85 de este Reglamento, cuando afecten a la intimidad de las personas, tendrán carácter confidencial de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.