TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE · CAPÍTULO VI - Del Comité Nacional Antidopaje y del control de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios en el Deporte
Artículo 85. La CONADE promoverá la integración del Comité Nacional Antidopaje con la estructura siguiente:
I. El Pleno;
II. La Comisión Permanente;
III. El Panel de Autorización de Uso Terapéutico;
IV. El Panel de Gestión de Resultados;
V. El Panel de Educación, y
VI. El Panel Disciplinario.
El Comité Nacional Antidopaje contará con un Secretario Ejecutivo, quien será designado por el Pleno a propuesta de su Presidente.