TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE · CAPÍTULO VII - De la Composición y Funcionamiento de la Comisión Especial y de las Comisiones Locales Especiales
Artículo 109 Quater. Las Comisiones Locales Especiales expedirán sus respectivos Reglamentos Internos de Operación, en los cuales se especificarán su funcionamiento colegiado y la creación y funciones de las instancias internas que en su caso determinen.
Artículo adicionado DOF 27-02-2015