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Artículo 138

REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Artículo 138

TÍTULO SÉPTIMO - DE LA COMISIÓN DE APELACIÓN Y ARBITRAJE DEL DEPORTE Y DE LOS MÉTODOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN EL DEPORTE · CAPÍTULO VI - De las Oficinas Regionales de la CAAD

Artículo 138. De conformidad a lo establecido por la Ley, la CAAD contará con las Oficinas Regionales necesarias para el desempeño de sus funciones, las cuales coincidirán con la regionalización fijada en el SINADE.

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