Artículo 70. La CONADE dentro de los convenios de concertación que celebre con instituciones del sector social y privado, promoverá la realización de las acciones a que se refiere el artículo anterior.
Reglamento [Reg_LGCFD]
Artículo 70 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
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TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE · CAPÍTULO II - De la Infraestructura
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