Artículo 72. Dentro de su ámbito de competencia, la CONADE en coordinación con la SEP, impulsará la enseñanza, investigación, difusión del desarrollo tecnológico, la aplicación de los conocimientos científicos en materia de Cultura Física y Deporte, así como en materia de medicina del Deporte, sus ciencias aplicadas y de dopaje en el Deporte, e incorporará dentro de los contenidos de los planes y programas de estudios de la materia los avances que se registren.
Reglamento [Reg_LGCFD]
Artículo 72 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
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TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE · CAPÍTULO III - De la Enseñanza, Investigación y Difusión
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