Artículo 76. La CONADE emitirá la opinión técnica de la estructura curricular y docente cuando así lo soliciten las instituciones educativas; las asociaciones y sociedades: deportivas nacionales, de recreación, del Deporte en la rehabilitación, de cultura física-deportiva y de los entes de promoción deportiva que ofrezcan programas académicos en cualquiera de sus modalidades en materia de Cultura Física y Deporte, así como en dopaje en el Deporte.
Reglamento [Reg_LGCFD]
Artículo 76 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
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TÍTULO QUINTO - DE LA CULTURA FÍSICA Y EL DEPORTE · CAPÍTULO III - De la Enseñanza, Investigación y Difusión
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