Artículo 69.- La Secretaría pondrá en operación un número telefónico de acceso gratuito, a través del cual se podrán formular denuncias y quejas sobre el incumplimiento de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. Asimismo, se otorgará orientación a las personas que lo soliciten sobre los riesgos que implica el consumo de productos de tabaco o de nicotina y la conveniencia de dejar de fumar.
Artículo reformado DOF 16-12-2022