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Ley General Para El Control Del Tabaco (LGCT)
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Ley General Para El Control Del Tabaco
Relación normativa
Reglamentos vinculados
El catálogo federal relaciona 1 reglamento con esta ley.
Resumen de la ley
La Ley General Para El Control Del Tabaco regula el control sanitario de productos del tabaco, su importación, distribución, venta, publicidad, promoción, patrocinio, consumo y medidas para proteger a la población frente al humo de tabaco y emisiones. Su finalidad central es proteger la salud, reducir el consumo, prevenir exposición en espacios 100 por ciento libres de humo y establecer reglas de vigilancia sanitaria, denuncia ciudadana, medidas de seguridad, sanciones administrativas y delitos relacionados con productos de tabaco adulterados o falsificados.
Lo esencial
Qué regula
- Control sanitario de productos del tabaco y su importación.
- Protección contra exposición al humo de tabaco y emisiones.
- Empaquetado, etiquetado, advertencias sanitarias, publicidad, promoción y patrocinio.
- Venta, suministro, distribución y consumo de productos del tabaco.
- Espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones.
- Verificación sanitaria, denuncia ciudadana, medidas de seguridad y sanciones.
- Delitos por adulteración, falsificación, contaminación, alteración o distribución de productos de tabaco irregulares.
A quién aplica
- Fabricantes, importadores, distribuidores, comercializadores y vendedores de productos del tabaco.
- Establecimientos, lugares de trabajo, transporte público y espacios de concurrencia colectiva.
- Personas consumidoras y no fumadoras protegidas frente al humo de tabaco y emisiones.
- Secretaría de Salud, autoridades sanitarias y verificadores.
- Ciudadanía que presenta denuncias por incumplimientos.
- Personas que introducen, almacenan, transportan, expenden o distribuyen productos de tabaco.
Materias principales
- Salud pública y control sanitario.
- Productos del tabaco y nicotina.
- Espacios libres de humo.
- Publicidad, promoción y patrocinio.
- Etiquetado y advertencias sanitarias.
- Vigilancia sanitaria y denuncia ciudadana.
- Multas, clausura, arresto y delitos.
Derechos principales
- Derecho de la población a la protección de la salud frente a los efectos nocivos del tabaco.
- Derecho de personas no fumadoras a vivir y convivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones.
- Derecho de la ciudadanía a denunciar incumplimientos.
- Derecho a que se salvaguarde identidad e integridad de la persona denunciante.
- Derecho a información sanitaria y advertencias sobre riesgos del consumo y exposición.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- La industria y comerciantes deben cumplir reglas de control sanitario, etiquetado, empaquetado, publicidad, promoción y venta.
- Responsables de establecimientos y espacios regulados deben respetar prohibiciones de fumar o consumir productos de tabaco o nicotina donde aplique.
- La Secretaría de Salud debe expedir y revocar autorizaciones, vigilar cumplimiento y aplicar medidas de seguridad y sanciones.
- Verificadores deben realizar actos de orientación, educación y verificación.
- Ninguna persona debe obstaculizar la labor de verificadores o autoridades.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Autorizaciones sanitarias relacionadas con productos del tabaco.
- Revocación de autorizaciones.
- Visitas ordinarias y extraordinarias de verificación sanitaria.
- Denuncia ciudadana por incumplimientos.
- Procedimientos para aplicar medidas de seguridad y sanciones.
- Recurso de inconformidad conforme a la Ley General de Salud.
- Denuncia o querella ante el Ministerio Público cuando surjan posibles delitos.
Sanciones o consecuencias
- Amonestación con apercibimiento.
- Multas graduadas según artículos incumplidos.
- Clausura temporal o definitiva, parcial o total.
- Arresto hasta por treinta y seis horas.
- Duplicación de multa por reincidencia.
- Penas de uno a nueve años de prisión y multa por adulterar, falsificar, contaminar, alterar, introducir, exportar, almacenar, transportar, expender, vender o distribuir productos de tabaco irregulares.
- Posible responsabilidad penal adicional cuando la conducta constituya delito.
Definiciones importantes
| Concepto | Explicación sencilla |
|---|---|
| Producto del Tabaco | Bien elaborado total o parcialmente con hojas de tabaco destinado a fumarse, chuparse, mascarse o usarse como rapé. |
| Control sanitario | Acciones de orientación, educación, muestreo, verificación, medidas de seguridad y sanciones para reducir oferta, demanda y daños. |
| Espacio 100 por ciento libre de humo | Área física con acceso al público, lugar de trabajo, transporte público o concurrencia colectiva donde se prohíbe fumar o consumir productos de tabaco o nicotina. |
| Emisión | Sustancia liberada cuando un producto de tabaco se enciende o calienta, o cuando se usa tabaco oral o nasal. |
| Denuncia ciudadana | Aviso de cualquier persona a la autoridad por hechos que incumplen la ley o sus reglamentos. |
| Industria tabacalera | Fabricantes, distribuidores, comercializadores e importadores de productos del tabaco. |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1 | Declara utilidad pública, orden público y aplicación nacional. |
| 5 | Enumera finalidades de protección de salud, espacios libres de humo y reducción de consumo. |
| 6 | Define conceptos técnicos esenciales. |
| 36 | Asigna atribuciones principales a la Secretaría de Salud. |
| 39 | Permite visitas ordinarias y extraordinarias de verificación. |
| 42 a 44 | Regulan denuncia ciudadana y protección de la persona denunciante. |
| 45 a 48 | Establecen sanciones administrativas y multas. |
| 49 | Define reincidencia y duplicación de multa. |
| 56 y 57 | Tipifican delitos sobre productos adulterados o falsificados. |
Mapa de temas
| Tema | Artículos clave | Descripción |
|---|---|---|
| Objeto y finalidades | 1 a 5 | Define utilidad pública, materias reguladas y objetivos sanitarios. |
| Definiciones | 6 | Explica productos, espacios, emisiones, publicidad, patrocinio y autoridad. |
| Autoridad sanitaria | 36 a 41 | Regula autorizaciones, revocación, vigilancia y visitas de verificación. |
| Denuncia ciudadana | 42 a 44 | Permite reportar incumplimientos y prevé protección de identidad. |
| Sanciones administrativas | 45 a 55 | Establece amonestación, multa, clausura, arresto y criterios para sancionar. |
| Delitos | 56 y 57 | Sanciona productos adulterados, falsificados, contaminados, alterados o mezclados. |
| Transitorios | Primero a Tercero | Regula entrada en vigor y adecuaciones iniciales. |
Plazos importantes
- La ley original entró en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- Los establecimientos que pretendían contar con zonas exclusivamente para fumar tuvieron 180 días desde la publicación original para realizar adecuaciones.
- La reincidencia se configura cuando se incumple la misma disposición dos o más veces dentro de un periodo de un año contado desde la notificación de la sanción anterior.
- La autoridad puede realizar visitas ordinarias y extraordinarias por denuncia ciudadana u otro motivo conforme a la Ley General de Salud.
Preguntas frecuentes
¿De qué trata la Ley General Para El Control Del Tabaco?
Trata del control sanitario de productos del tabaco, espacios libres de humo, publicidad, venta, vigilancia sanitaria, denuncia ciudadana, sanciones y delitos relacionados.
¿Qué es un espacio 100 por ciento libre de humo?
Es un área con acceso al público, lugar de trabajo, transporte público o espacio de concurrencia colectiva donde se prohíbe fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina.
¿Quién puede denunciar incumplimientos?
Cualquier persona puede presentar denuncia ante la autoridad correspondiente cuando observe incumplimiento de la ley, su reglamento o disposiciones aplicables.
¿Qué sanciones puede imponer la autoridad?
Puede imponer amonestación, multa, clausura temporal o definitiva, arresto hasta por treinta y seis horas y, si hay delito, dar vista al Ministerio Público.
¿Qué artículos conviene revisar primero?
Conviene revisar los artículos 5, 6, 36, 39, 42 a 44, 45 a 49, 56 y 57.
Índice de artículos
Ley General Para El Control Del Tabaco
61 artículos disponibles en LGCT.
- Artículo primero
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 52
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo segundo
- Artículo tercero
- Artículo cuarto
LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2008
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 17-02-2022