Artículo 36. Corresponde a la Secretaría con base en lo dispuesto en la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables:
- Expedir las autorizaciones requeridas por esta Ley;
- Revocar dichas autorizaciones;
- Vigilar el cumplimiento de esta Ley, y
- Ejecutar los actos del procedimiento para aplicar medidas de seguridad y sanciones.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Secretaría emitirá las disposiciones correspondientes.