Ley [LGCT]
Artículo 28 de Ley General Para El Control Del Tabaco
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 28. El propietario, administrador o responsable de un espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, estará obligado a hacer respetar los ambientes libres de humo de tabaco establecidos en los artículos anteriores.
Artículo reformado DOF