Lectura de artículo · Reg_LGDFS

Artículo 67

REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Artículo 67

TÍTULO TERCERO - De los Procedimientos en Materia Forestal · Capítulo II - Autorizaciones, Avisos y Registros · Sección II - Plantaciones Forestales Comerciales

Artículo 67. Cuando la información requerida para los avisos de Plantación forestal comercial se contenga en los estudios o programas regionales forestales autorizados por la Comisión a las Unidades de manejo forestal e inscritos en el Registro, bastará que los interesados hagan referencia a estos para cumplir con los requisitos correspondientes.

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