QUINTO. Los lineamientos, acuerdos, protocolos, metodologías y demás disposiciones administrativas de carácter general que se deban emitir conforme a la Ley y este Reglamento, y que no se haya fijado un plazo determinado para su emisión, deberán ser expedidos dentro del plazo de ciento ochenta días naturales contado a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento.
Reglamento [Reg_LGDNNA]
Artículo Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
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