Artículo 10.- Para formular el Programa Nacional, la Secretaría implementará los procesos de consulta pública en los términos de la Ley de Planeación, y recabará las propuestas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las Entidades Federativas y de los municipios, así como de los sectores social y privado.
Reglamento [Reg_LGDS]
Artículo 10 de REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social
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CAPÍTULO II - De la Política Nacional de Desarrollo Social · Sección I - De los Programas de Desarrollo Social
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