CAPÍTULO CUARTO - DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO REGIONAL
Artículo 50.- Las modificaciones a un programa de ordenamiento ecológico seguirán las mismas reglas y formalidades establecidas para su expedición.
Reglamento [Reg_LGEEPA_MOE]
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REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico (Reg_LGEEPA_MOE)
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Artículo 50.- Las modificaciones a un programa de ordenamiento ecológico seguirán las mismas reglas y formalidades establecidas para su expedición.