CAPÍTULO CUARTO - DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO REGIONAL
Artículo 50.- Las modificaciones a un programa de ordenamiento ecológico seguirán las mismas reglas y formalidades establecidas para su expedición.
REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico
CAPÍTULO CUARTO - DEL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO REGIONAL
Artículo 50.- Las modificaciones a un programa de ordenamiento ecológico seguirán las mismas reglas y formalidades establecidas para su expedición.